Lo que posteo a continuación es mi traducción al castellano de un post americano al cual llegué a través de un link de la American Academy of Matrimonial Lawyers, que es la institución degana del Derecho Matrimonial en Estados Unidos. Cómo no podía ser de otra forma, pedí permiso a mi colega americano para poder hacer esto, y él me lo dio muy amablemente. Así pues, hay que reconocer al autor del post, el abogado JOHN PATZAKIS, que publicó aquí su post, titulado “IF YOU AINT BLASTIN, YOU AINT LASTIN!!!!”: How to Authenticate Incriminating Social Media Evidence.
En el artículo se trata la cuestión de si es ético usar pruebas incriminatorias (obtenidas en las redes sociales) en los procesos penales, y las garantías que debe exigirse para ello. A mí se me acaban los adjetivos para definir lo rematadamente tonto que hay que ser para asesinar a alguien y luego comentarlo en tu MySpace o Facebook. Pero como podéis ver, la realidad siempre supera la ficción. En USA ya hay un incipiente debate social sobre este tema (el de las redes como medio de prueba), que me parece muy útil para los profesionales de aquí.
"SI NO METES BOMBAS, NO DURAS!!": Cómo autentificar las pruebas de cargo obtenidas en las redes sociales.
En nuestro reciente seminario online sobre la ética de los medios sociales con John Browning, se observó un crecimiento significativo del número de asuntos penales relacionados con pruebas clave obtenidas de los medios de comunicación social. En la revisión de estos casos que se documentan en nuestro sitio, seguimos sorprendiéndonos de lo que muchos presuntos pandilleros optan por publicar en su perfil público de las cuentas de Facebook y MySpace. Esto nos llevó a reflexionar que tal vez sería una buena idea para Facebook integrar la Quinta Enmienda de la Constitución de los EE.UU. en sus términos de servicio, como un recordatorio sobre el derecho de sus usuarios contra la autoincriminación.
Hablando de eso, el mes pasado un tribunal de apelaciones de Texas confirmó la condena por asesinato de Ronnie Tienda, que debe su viaje a la cárcel casi en su totalidad al contenido de su página de MySpace. El caso también pone de relieve algunas lecciones importantes sobre la autentificación -muy polémica- de pruebas obtenidas en los medios de comunicación social. En Tienda contra el Estado de Texas la fiscalía presentó varias fotografías de la página de MySpace de Tienda, donde éste mostraba signos, gestos y demás parafernalia de pandillas, una con el esclarecedor título, "SI NO METES BOMBAS, NO DURAS!!" y otro alarde: "YO VIVO PARA MANTENERME FRESCO! MATO PARA SER RICO! EN OTRAS PALABRAS, YO VOY A LA GUERRA POR MI MIERDA", seguido de otra anotación, "Descansa en paz, David Valadez"con un enlace a una canción tocada en el funeral de éste. David Valadez, por supuesto, era la víctima. La policía también acumuló una mina de pruebas en MySpace, incluyendo conversaciones del chat de Tienda con otros sospechosos bajo investigación, e incluso algunas en que se refería a los acontecimientos de la noche en cuestión y la preocupación por la investigación policial que se estaba desarrollando.
El Tribunal admitió las capturas de MySpace como prueba, a pesar de la objeción del imputado, con la fiscalía justificando el uso de estas imágenes a través de diversas pruebas circunstanciales. La fiscalía señaló varios metadatos y otros indicios de la página de MySpace de Tienda, incluyendo su nombre de usuario, el cual era congruente con su comúnmente conocido nick, sus direcciones de correo electrónico registradas en la cuenta, número de ID de usuario, la ubicación declarada (Dallas), las referencias al funeral de la víctima, las comunicaciones con otros sospechosos, y numerosas fotografías publicadas de Tienda con fecha y hora asociadas.
El tribunal de Apelación de Texas determinó que "esto es suficiente evidencia circunstancial -considerada en combinación con todos los detalles individuales y particulares en su conjunto- para apoyar la conclusión de que las páginas de MySpace pertenecían al recurrente y que él las creaba y mantenía".
A pesar de que la fiscalía logró un buen resultado, se enfrentó a un reto polémico sobre la autenticidad de la evidencia, basándose en las simples capturas de las páginas web de medios sociales, lo cual es una propuesta de valor muy arriesgado, como hemos visto en otros casos. Esto pone de relieve la importancia de la utilización de mejores prácticas tecnológicas, tales como X1 Social Discovery, para garantizar que todos los metadatos de apoyo y otras pruebas circunstanciales clave estén recogidas de forma completamente adecuada. Como revela el caso de Tienda, hay una gran cantidad de prueba relevante en las redes de comunicación social, ahí fuera, y si no está adecuadamente recogida, tu oponente va a objetar.
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